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BASES LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CARGO DE LA PLANTA DIRECTIVO, GRADO 7° EMR, A DESEMPEÑARSE COMO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OLMUE.

La Municipalidad de Olmué requiere proveer el cargo indicado en el numeral II de estas Bases Concursales.
Este concurso de ingreso a la Planta, se ajusta a la normativa establecida en la Ley 18.883, que aprueba el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
I.- ANTECEDENTES DE LA INSTITUCIÓN
A) Misión de la Municipalidad:
La municipalidad de Olmué debe asegurar la prestación eficiente y oportuna de los servicios requeridos por la comunidad, para asegurar el mejoramiento progresivo de la calidad de vida de sus vecinos.
B) Visión de la Municipalidad:
Olmué se perfila como una comuna verde, residencial y turística que promueve la integración cultural, geográfica y socioeconómica de sus habitantes, aspirando mejorar la calidad de vida de sus vecinos.
II.- VACANTES A PROVEER
Directivo Grado 7° EMR, para desempeñarse como Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Olmué. Les serán aplicables las normas de la Ley Nº 18.883, Estatuto para funcionarios municipales.
2.1 Identificación de la vacante
NOMBRAMIENTO: Planta Ley 18.883.
REQUISITOS GENERALES: Titulo Profesional de 8 Semestres mínimo.
VACANTE: 1
HORARIO DE TRABAJO: 44 horas semanales.
LUGAR DE DESEMPEÑO: Ilustre Municipalidad de Olmué, Región de Valparaíso.
SUELDO BASE: Equivalente al grado 7° de la Escala Municipal de Remuneraciones.
NECESIDAD DEL CARGO: El perfil de profesional que busca la I. Municipalidad de Olmué deberá ser calificado, en áreas como administración pública, gestión, Derecho Administrativo Municipal, presupuesto, Régimen de compras públicas, Conocimientos en Ley de Transparencia, con capacidad de integrar estos conocimientos a la Gestión Municipal, y con los órganos e instituciones públicas con las que se relaciona la Municipalidad, para la ejecución de sus labores. Además debe poseer experiencia en cargos Directivos, Jefaturas o haber estado a cargo de equipo para que le otorguen la capacidad de gestionar, adaptarse ante eventuales cambios, resolver situaciones difíciles que se le presenten y tomar decisiones asertivas.
III.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES:
Las funciones generales de la Secretaría Municipal abarcan básicamente tres grandes Áreas que consisten en:
1. Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
• Refrendar los decretos y otros documentos oficiales una vez firmados por la Sra. Alcaldesa y notificarlos cuando corresponda.
• El Secretario Municipal firma todos los Decretos, Decretos de pago y otros documentos, refrendando la firma de la Sra. Alcaldesa
• Notificar personalmente los Decretos que sean necesarios, especialmente los que adjudican propuestas, ponen término a contrato, disolución de organizaciones comunitarias y otros.
• Emitir certificados sobre actuaciones municipales cuando se soliciten.
• En la Secretaría Municipal se emiten todos los certificados que sean necesarios sobre las actuaciones municipales, como son de exposición de Plan Regulador, de exposición del escalafón, temas tratados en Concejo y otros.
• Dar Fe, de algunas actuaciones en terreno cuando lo solicite la Sra. Alcaldesa como son reuniones con organizaciones, Actas de Entrega, recepciones de algunas obras, Retiro de Kioscos, inundaciones, etc.
Administrativa del Concejo.
• Recopilación de antecedentes y preparación de las citaciones del Concejo Municipal y su envío oportuno a los Sres. Concejales.
• En la semana anterior a la sesión ordinaria fijada en el Reglamento del Concejo, esta Secretaría se preocupa de consultar a cada Director si tiene algún tema para tratar en Concejo. En caso de haber, se le solicita que envíe los antecedentes correspondientes para la citación.
• También se hace una revisión de los informes o antecedentes solicitados en Concejo por los señores Concejales. Se llama a todas las Direcciones con el objeto de solicitarlos en el caso que estén pendientes.
• Una vez que se tienen los posibles temas para el Concejo se le comunica la Sra. Alcaldesa para su conocimiento e instrucciones de ponerlo en Tabla.
• Revisión de Actas, distribución y custodia.
• Transcripciones de Acuerdos y distribución.
• Al día siguiente de celebrada una sesión del Concejo; el Secretario Municipal procede a redactar los acuerdos tomados.
• Los acuerdos se adjuntan a las actas para enviarlos a los señores Concejales.
• Revisar el cumplimiento de los Acuerdos del Concejo.
• El Secretario Municipal se coordina con cada Director o Unidad Técnica para el cumplimiento de los acuerdos del Concejo.
3. Dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 19.418 sobre Juntas de vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
• Llevar un registro de Organizaciones Comunitarias con su correspondiente Personalidad Jurídica y mantener un archivo actualizado de las organizaciones.
• En Secretaría Municipal se lleva un Libro de registro de las organizaciones comunitarias, donde consta el número de la personalidad jurídica, el nombre de la organización y la individualización de la persona que deposita los antecedentes.
• Además se lleva un Libro de registro de las Directivas de cada organización, en el que consta los nombres del Presidente, Secretario y Tesorero.
• En Secretaría Municipal se mantiene un archivo en carpeta por cada organización con Personalidad Jurídica Municipal el que contiene: Estatutos, Acta de constitución, listado de socios constituyentes, Certificado de Depósito, Actas de elecciones de directorio, fotocopia del libro registro de socios, la que deber estar actualizada.
• Recibir documentación oficial de las Organizaciones Comunitarias, como son estatutos, listado de socios, actas, etc.
• En Secretaría Municipal se atiende diariamente a las Organizaciones Comunitarias que ingresan documentación relativa a constituciones, elecciones, cambios de directiva, renuncias de socios, listados de socios y otros documentos.
• Una vez ingresados, se fotocopian, se protocolizan y se envían a la Dirección de Desarrollo Comunitario para su revisión.
• Revisar y dar aprobación de estatutos de las Organizaciones Comunitarias conforme a lo dispuesto en la Ley.
• Una vez revisados los documentos de las organizaciones, por parte de la DIDECO, se envía un Oficio para la firma del Secretario Municipal con las observaciones o conformidad antes del plazo estipulado en la Ley para su respuesta.
• El Secretario Municipal, procede a revisar los oficios, los firma, se enumeran y se despachan personalmente o por carta certificada a las organizaciones.
• Otorgar certificado que soliciten las organizaciones comunitarias con personalidad jurídica, como son certificados de depósito de los documentos, certificados de personalidad jurídica, certificados de directivas u otros.
• En Secretaria Municipal se confeccionan certificados de Personalidad Jurídica de acuerdo a solicitudes de organizaciones o de alguna Unidad Municipal.
• Se otorgan certificados de Directiva vigente, que se confeccionan en DIDECO, para la firma del Secretario Municipal. La atención de las Organizaciones Comunitarias y las tareas descritas en este punto se realizan en forma diaria. En esta materia se trabaja coordinadamente con la Dirección de Desarrollo Comunitario, Departamento de Organizaciones Comunitarias.
IV.- COMPETENCIAS TRANSVERSALES:
Manejo comunicacional:
Fluidez verbal del lenguaje, capacidad de expresar claramente sus ideas y opiniones, sobriedad en el lenguaje y su trato social. Transmitir clara y oportunamente la información necesaria
Exigencia de personalidad:
Espíritu de disciplina, estricto cumplimiento de órdenes, sentido del orden en el trabajo, cooperador, buen contacto siempre, mantener buenas relaciones interpersonales y sobriedad en el trato social.
Habilidades prácticas:
Responsabilidad, tolerancia a sus situaciones de obstáculos y a situaciones tensas, Actitud de responsabilidad.
Desarrollo de equipos:
Sentido de adaptabilidad al trabajo en equipo con capacidad de fomentarlo, capacidad de integrarse a un trabajo común, regularidad y constancia en el trabajo, autonomía, motivación laboral.
Responsabilidad:
Requiere cuidado superior al normal, necesario para evitar cometer errores, por negligencia o inexactitud en el desempeño del cargo, por equivocación de criterio o juicio al tomar una decisión, los errores serán de importancia porque afectan a personas con daños de normalidad de la efectividad y pérdidas mayores de tiempo, dinero y prestigio.
COMPETENCIAS ESPECÍFICAS:
Grado de Dificultad y Complejidad:
En relación al día a día raramente enfrenta problemas no cubiertos por la rutina de trabajo.
Cumplimiento de compromisos de gestión y orientación a la eficiencia:
Capacidad de planificación y compromiso con resultados en tiempos específicos.
V.- CONOCIMIENTOS SOBRE NORMATIVA:
 Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
 Ley Nº 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
 Ley Nº 19.880, establece Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
 Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
 Ley Nº 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
VI.- FORMA DE POSTULACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES
ANVERSO:
 CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER EL CARGO VACANTE A PLANTA DE SECRETARIO MUNICIPAL.
 Oficina de partes I. Municipalidad de Olmué.
 A. Prat Nº 12, Comuna de Olmué
REVERSO:
 Nombre Completo del postulante.
 Dirección del postulante.
 Fono del postulante.
 E-mail del postulante.
CONTENIDO:
 Ficha de postulación, indicando el cargo que postula (formularios anexos)
 Curriculum vitae, firmado en original por el postulante
 Certificado de antecedentes.
 Certificado de situación militar al día (solo postulantes varones)
 Cedula de identidad por ambos lados.
 Fotocopia legalizada ante Notario del certificado de Título Universitario.
 Fotocopia legalizada ante Notario Público de certificados que acrediten capacitación y estudios de acuerdo al cargo solicitado
 Documentos que acreditan experiencia en cargos similares o afines (certificados o cartas de recomendación)
 Declaración jurada simple del postulante, para acreditar que cumple con los siguientes requisitos: ANEXOS.
 Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
 No haber cesado en cargo público como consecuencia de haber obtenido calificación deficiente ó por medidas disciplinarias, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones.
 No estar inhabilitado para el ejercicio de funcionarios de cargo público ni encontrarse condenado o procesado por crímenes o simple delito. ANEXO
 No estar afecto a las causales de inhabilidades para el ingreso a cargos de la Administración del Estado, previstas en el art. 56 de la Ley Nº 18.575. ANEXO
 Nota: todos los antecedentes deben ser presentados respectivamente foliados.
VII.- FASES DEL CONCURSO:
Fase 1: procedimiento de pre-selección y evaluación de antecedentes curriculares:
Fase de revisión curricular y antecedentes. En dicha fase, procederá a revisar el cumplimiento de los requisitos legales y generales y deseables para postular. Solo los postulantes que entreguen toda documentación en los plazos establecidos en este concurso, y que cumplan con todos aquellos requisitos estipulados en estas bases, pasarán a la siguiente etapa.
Los factores a evaluar son los siguientes:
 Estudios y cursos de formación educacional: corresponde a aquella formación pertinente definida como idónea para ejercer el cargo y establecida en forma previa para el perfil del cargo, que permite considerar que el postulante cuente con los conocimientos y habilidades necesarias para asumir el desempeño del cargo. La formación está constituida por Título Profesional, realizados en alguna institución reconocida por el Estado.
 Experiencia laboral: corresponde al desempeño de cargos cuyas funciones sean afines o se justifiquen como procedente o útil al desempeño del cargo que se concursa.
Fase 2: Definición de candidatos que cumplen para pasar a la última etapa:
Esta fase consiste en la determinación de los candidatos idóneos por haber cumplido con los requisitos de estudio y experiencia laboral. Se procederá a llamar telefónicamente a cada uno de ellos a fin de concertar una entrevista que realizará el Comité de Evaluador.
Fase 3: Entrevista final:
En esta etapa, el comité revisará nuevamente los antecedentes de todos los postulantes que han alcanzado un puntaje desde los 60 puntos y posteriormente procederá a entrevistar a cada uno de ellos. Esta entrevista será semi-estructurada y los integrantes del Comité harán su evaluación, considerando los factores más relevantes que cada candidato debe cumplir para el mejor desempeño del cargo vacante.
La entrevista estará orientada a conocer la experiencia laboral anterior del postulante, su opinión acerca del sistema municipal, también evaluar su disponibilidad y motivación para incorporarse al municipio. A su vez, se evaluarán competencias específicas necesarias para el buen desempeño del cargo/función, las cuales son: Probidad, Manejo Comunicacional y Responsabilidad.
Fase 4: selección del postulante:
Con el resultado del concurso, el Comité de Selección propondrá a la Alcaldesa de Olmué, los nombres de los postulantes idóneos que hubieren obtenido los mejores puntajes, con un máximo de tres, entre las cuales deberá elegir a uno de ellos para ocupar el puesto vacante, con prescindencia del puntaje obtenido por cada uno de ellos.
Para el efecto señalado, solo se considerarán idóneos a los postulantes que hayan obtenido, como resultado de la evaluación total de los factores, un mínimo de 60 puntos.
VIII.- CALENDARIO.
-Publicación del llamado a concurso: Martes 29 de Enero 2019
-Retiro de las bases: Martes 29 de Enero
-Recepción de antecedentes: Martes 29 de Enero al 1de Marzo 2019
-Apertura y revisión de antecedentes: Viernes 1 de Marzo 2019
-Entrevista personal: Lunes 4 al Miércoles 6 de Marzo 2019
-Proposición de postulantes seleccionados a la Sra. Alcaldesa: Jueves 7de Marzo 2019
-Notificación y resolución: Viernes 8 de Marzo 2019
-Asume cargo: Lunes 11 de Marzo 2019
Sin perjuicio de lo anterior, las fechas mencionadas son estimadas y podrán ser modificadas cuando existan fundamentos para ello.
IX.- COMITÉ EVALUADOR
Este estará compuesto por el Directora de Secretaria Comunal de Planificación, el Director de Desarrollo Comunitario Municipal y la jefa del departamento de Tránsito.
X.- PROCESO DE EVALUACIÓN
Los documentos presentados serán revisados y evaluados por el Comité de selección, realizando además las entrevistas a los postulantes que hayan acompañado los documentos exigidos en las presentes Base y serán considerados postulantes idóneos. Serán considerados tales, los que obtengan mínimo 60 puntos.
La evaluación de los postulantes se hará sobre las base de los siguientes factores:
Factores de evaluación, ponderación y puntaje factor:
-Estudios y cursos de formación educacional /Tiene aprobados estudios universitarios mínimo 8 semestres/ Puntaje 30 puntos, Puntaje Máximo 30 puntos
-Experiencia laboral en Gestión pública en cargo Directivo y/o Jefatura (se considera según cumplimiento de criterio con mayor puntaje)/ Medición: Mayor o igual a 5 años, 30 puntos puntaje máximo 30 puntos /Mayor o igual 2 y menos de 3 años, 20 puntos / Menos de 2 años, 10 puntos.
-Entrevista comisión evaluadora /recomendable 30 puntos / Recomendable con reparos 10 puntos /No recomendable 00 puntos.
La entrevista contempla 4 criterios: objetivos personales, motivación, iniciativa y conocimientos generales a fin de identificar el nivel de conocimiento que posee de la Organización Municipal, y principalmente del deseo de servir en el ámbito municipal.
Estos criterios serán evaluados por el comité de selección con nota de 1 a 7. Las notas de cada uno de los integrantes se sumarán, obteniendo un promedio al cual se le asignará el siguiente puntaje, equivalente a un 50% de la ponderación:
APLICACIÓN DE TABLA DE NOTAS Y PUNTAJE ENTREVISTA PERSONAL EQUIVALENTE A UN 50% DE LA PONDERACIÓN.
NOTA PUNTOS
De 7.0 a 6.5 100
De 6.4 a 6.0 90
De 5.9 a 5.5 80
De 5.4 a 5.0 70
De 4.9 a 4.0 60
De 3.9 a 1.0 50
Para las entrevistas los postulantes serán llamados por los medios de notificación telefónico o correo electrónico, de acuerdo a la información otorgada en el momento de la postulación.
PUNTAJE REQUERIDO PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE IDÓNEO:
El puntaje final de cada postulante corresponderá a la sumatoria de los puntajes parciales obtenidos en cada etapa, el cual deberá ser superior a 60 puntos.
XI.- PROCESO DE SELECCIÓN.
Concluido el proceso de evaluación, el Comité de Selección, levantará un acta individualizando a los postulantes, en orden decreciente de mayor a menor, proponiendo a la Alcaldesa los nombres de quienes hubieren obtenido los mejores puntajes (máximo de tres).
La Alcaldesa seleccionará al postulante cuyo nombramiento será informado al Honorable Concejo Municipal. Hecho esto, el Secretario Municipal mediante carta certificada o personalmente le notificará al interesado lo resuelto, debiendo manifestar aquel su aceptación al cargo, deberá acompañar en formato original los documentos requeridos legalmente para el ingreso. Si no lo hiciere dentro del plazo estipulado en la notificación, la Alcaldesa podrá seleccionar a alguno de los postulantes propuestos, siguiendo el mismo procedimiento.
Los resultados finales del concurso y el nombre de quien ocupará la vacante ofrecida, será publicada en la página web www.muniolmue.cl. Los resultados de las evaluaciones de todos los postulantes serán conservados por el Jefe de Personal de la I. Municipalidad de Olmué como respaldo para eventuales consultas o revisiones.
Los/as postulantes que fundadamente observen reparos al proceso, tendrá derecho a reclamar ante la Contraloría General de la República, en los términos que establece el artículo 156, de la Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. No se devolverán antecedentes presentados en el proceso del concurso.

Proceso del concurso.

I.MUNICIPALIDAD DE OLMUÉ
FORMULARIO Nº 1

POSTULACIÓN LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CARGO DE LA PLANTA DIRECTIVO, GRADO 7° EMR, A DESEMPEÑARSE COMO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OLMUE.
Yo……………………………………………… RUT Nº………………….Con domicilio en………………………………………………….vengo a presentar mis antecedentes para postular al Concurso Público para proveer el Cargo de Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Olmué:
1.- Cédula de Identidad por ambos lados
2.- Certificado de antecedentes.
3.- Certificado de situación Militar al día (según corresponda)
4.- Formulario de Declaración Jurada Simple (formulario Nº 2)
5.- Formulario de declaración jurada que acredite que no se encuentra afecto a alguna de las causales de inhabilidad prevista en el Art. 56 de la Ley 18.575.- (formulario Nº3)
6.- Certificados, decretos, o Resoluciones de experiencia laboral, que acrediten los periodos trabajados.
7.- Currículum Vitae.
Agradeciendo su buena disposición, le saludad Atte. …………………………………FIRMA
Olmué……..de………….del 2019.-

I. MUNICIPALIDAD DE OLMUÉ
FORMULARIO Nº2

POSTULACIÓN LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CARGO DE LA PLANTA DIRECTIVO, GRADO 7° EMR, A DESEMPEÑARSE COMO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OLMUE.
DECLARACION JURADA SIMPLE
Yo……………………………………………… RUT Nº……………….. Con Domicilio en………………………………………………………. Vengo a declarar bajo juramento que:
a) Tengo salud compatible con el cargo al cual postulo.
b) No he cesado en cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria.
c) No estoy inhabilitado (a) para el Ejercicio de funciones a cargo público, ni hallarse condenado o procesado por crimen o simple delito. Lo anterior para los efectos de ser presentado en el Concurso Público convocado por la I. Municipalidad de Olmué.
………………………………………. FIRMA
NOTA: La falsedad de esta declaración hará incurrir en las penas del Art. Nº 210 del código Penal.
Olmué……….. De………….del 2019.

I.MUNICIPALIDAD DE OLMUÉ
FORMULARIO Nº 3

POSTULACIÓN LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CARGO DE LA PLANTA DIRECTIVO, GRADO 7° EMR, A DESEMPEÑARSE COMO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OLMUE.
DECLARACIÓN JURADA PARA OPTAR A CARGO MUNICIPAL (LEYES Nº 18.575 Y 19.378)
El suscrito declara bajo juramento lo siguiente:
1.- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos ni hallarse condenado pro crimen o simple delito.
2.- No tener vigente o suscritos, por si o por terceros contratos o cauciones con la Municipalidad de Olmué, ascendentes a 200 UTM o más.
3.- No tener litigios pendientes con la Municipalidad de Olmué a menos que se trate de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
4.- No tener la calidad de Director, Administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando esta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Municipio a cuyo ingreso se postule.
5.- No tener la calidad de cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, respecto de la Autoridad Municipal, funcionarios Directores o Jefes de Departamentos de Olmué.
Conozco y declaro que la falsedad en la presente declaración, me hará incurrir en la nulidad del nombramiento en el cargo Municipal al cual postulo, según los establece los Artículos Nº 57 y 55 de la Ley Nº 18.575

Para constancia:
FIRMA……………………………………………………………………….
Nombres y apellidos…………………………………………………...
Cedula de identidad…………………………………………………….
Fecha …………………………………………………………………………

Autor: Comunicaciones
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